viernes, 30 de diciembre de 2011

Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP) y Ciclos.


   La Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP) está integrada por el Director, que será su presidente, el Jefe de Estudios, los coordinadores de ciclo y, en su caso, un miembro del equipo de orientación educativa y psicopedagógica que corresponda al centro, actuando como secretario el profesor de menor edad. La composición, la organización y las competencias de la CCP son las que establece el artículo 44 del Reglamento Orgánico. 
   La Comisión de coordinación pedagógica se reunirá al menos una vez al trimestre, previa convocatoria del director del centro. Las reuniones serán de asistencia obligatoria para sus miembros y cualquier ausencia habrá de ser debidamente justificada. Entre sus competencias están: 

  • Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los proyectos curriculares de grado. 
  • Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de los proyectos curriculares de grado y de sus eventuales modificaciones. 
  • Asegurar la coherencia entre el proyecto educativo, los proyectos curriculares y la programación general anual. 
  • Establecer las directrices generales para la elaboración de las programaciones didácticas de los departamentos y del plan de orientación y acción tutorial incluido en el proyecto curricular de cada grado. 
  • Proponer al Claustro de profesores los proyectos curriculares para su aprobación. 
  • Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos curriculares de grado.
  • Fomentar la evaluación de todas la actividades y proyectos del conservatorio, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno del centro o de la administración educativa e impulsar los planes de mejora que se estimen necesarios como resultado de tales evaluaciones. 

   En cuanto a la planificación de contenidos para los ciclos es importante considerar que todos los aprendizajes necesitan ser programados, en el sentido de que para aprobarlos es preciso marcarse objetivos y contenidos. 
   En la planificación de los contenidos de aprendizaje debe considerarse, para empezar el ciclo en el que nos encontramos, pero también las características del alumnado y las condiciones del centro educativo. 
   Los contenidos deben ser de tres tipos: 
  • Contenidos conceptuales.- se refieren a hechos, datos, conceptos, principios, teorías que constituyen el saber de la ciencia. 
  • Contenidos procedimentales.- se refieren a tareas, estrategias y procesos que constituyen el saber hacer de la técnica. 
  • Contenidos actitudinales.- expresan normas y valores que constituyen el marco antropológico general que orienta la perspectiva ética. 
CONCLUSIONES: 
   La Comisión de Coordinación Pedagógica es un órgano de mucha importancia en la vida del centro. Sus principales funciones son las de coordinar labores docentes del profesorado, de los departamentos, etc. Analiza los trabajos académicos y el resto de actividades que se desarrollen en el Centro. 


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